y evaluación de riesgos, las acciones y medidas para la
prevención y el control de riesgos, así como el protocolo de actuación
en caso de emergencia.
El empresario es el responsable de la elaboración, implantación, mantenimiento
y revisión del plan de autoprotección, que será redactado y firmado
por un técnico competente. El contenido mínimo del plan de autoprotección
es el siguiente (RD 393/2007):
1-Plan de actuación ante emergencias:
El plan de actuación ante emergencias es el conjunto ordenado
de acciones realizadas por el personal del centro de trabajo,
ante una emergencia, con el objetivo de minimizar en lo posible
los daños al personal, a las instalaciones y, si es el caso, a los
clientes.
El trabajador debe saber lo que tiene que hacer, transmitiendo confianza
y seguridad al resto de sus compañeros.
El plan de actuación ante emergencias debe contener, como mínimo:
También deberá prever actuaciones para su efectiva puesta en práctica,
estableciendo:
Clasificación de las emergencias
En función de la gravedad de la emergencia, se clasifican en distintos niveles:
– Conato de emergencia: situación que puede ser controlada y solucionada
de forma sencilla y rápida por el personal y medios de protección
del local.
– Emergencia parcial: situación que para ser dominada requiere la actuación
de equipos especiales del sector de actividad específico (biológico, químico,
etc.), sus efectos se limitan a este sector y no afecta a terceras personas.
– Emergencia general: situación para cuyo control se necesita de todos
los equipos y medios de protección propios y la ayuda de medios de socorro
y salvamento externos. Generalmente comportará evacuaciones
totales o parciales.
Estructura organizativa del plan de actuación ante emergencias
2-Plan de evacuación:
El plan de evacuación es el documento que recoge las instrucciones,
vías de salida y el punto de reunión de los trabajadores
en caso de evacuación del centro de trabajo.
Contenido del plan de evacuación
El plan de evacuación se pondrá en marcha cuando el jefe de emergencia
ordene la evacuación de la empresa y debe contener e indicar lo siguiente:
– Equipo de evacuación: su misión es conducir a las personas hacia las
vías de evacuación, impedir aglomeraciones, controlar la velocidad y el
flujo en accesos a escaleras, impedir utilizar ascensores en caso de incendio,
controlar las ausencias en las zonas de reunión, etc.
– Vías de evacuación: es esencial un movimiento ordenado del personal
por las vías previstas, por ejemplo, que las salidas de emergencia estén
debidamente señalizadas e iluminadas.
– Punto de reunión: el equipo de evacuación comprueba en este lugar
que está todo el personal para detectar ausencias, víctimas o personal
atrapado, para rescatarlo.
– Centro de comunicaciones: recinto protegido frente a cualquier emergencia,
en el que están los medios de comunicación externos e internos
y los cuadros receptores de los pulsadores de alarma, que estarán permanentemente
conectados a sedes de emergencia; toda la documentación
que se ha confeccionado sobre el plan de emergencia y evacuación
estará en dicho lugar.




No hay comentarios:
Publicar un comentario